Micelio

decreto 1219 de 1974

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El Presidente de la Republica de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el numeral del artículo. 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, inclusive los del crédito, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos

Considerando · 4 motivos

Que el numeral del artículo. 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, inclusive los del crédito, y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública, y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 de la Rama Jurisdiccional, por $ 53.486.600.00;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad correspondiente para amparar los créditos adicionales de que trata este Decreto; y;

Que se han cumplido, los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;

Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1974, Con La Cantidad De Cincuenta Y Tres Millones Cuatrocientos Ochenta Y Seis Mil Seiscientos Pesos Moneda Legal ($ 53

º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de cincuenta y tres millones cuatrocientos ochenta y seis mil seiscientos pesos moneda legal ($ 53.486.600:00), que con base en el certificado de disponibilidad correspondiente, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capítulo X I I Recursos del balance del Tesoro Numeral 110. Superávit fiscal de 1973 $ 53.486.600 Suma el recurso $ 53.486.600

Artículo 2Con Basé En El Recurso Fiscal De Que Trata Este Decreto, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Rama Jurisdiccional Capítulo 350 Corte Suprema De Justicia Programa 350 Administración De La Corte Suprema De Justicia Servicios Personales 101

º Con basé en el recurso fiscal de que trata este Decreto, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Rama Jurisdiccional Capítulo 350 Corte Suprema de Justicia Programa 350 Administración de la Corte Suprema de Justicia Servicios Personales 101.134.103 Artículo 3501. Sueldos del personal de nómina $ 594.645 Capitulo 351 Tribunales Superiores y Tribunales Administrativos, Juzgados Superiores del Circuito, del Trabajo; de Menores, Municipales y Territoriales Programa 351 Administración de Tribunales Superiores, Tribunales Administrativos, Juzgados Superiores, del Circuito, del Trabajo, de Menores, Municipales y Territoriales Servicios Personales 101.134.103 Artículo 3515. Sueldos del personal de nomina 44.090.671 Capítulo 352 Instrucción Criminal Programa Administración de las Direcciones Nacional y Seccionales de Instrucción Criminal y de los Juzgados de Instrucción criminal e Instrucción Penal Aduanera. Servicios Personales 101.134.103 Artículo 3529. Sueldos del personal de nomina 7.506.563. Capituló 353 Tribunal Superior de Aduanas, Juzgados Superiores y de Distrito Penal Aduanero Programa 353 Administración del Tribunal de Aduanas, juzgados Superiores y Distrito Penal Aduanero, Servicios Personales 101.134.103 Artículo 3544. Sueldos del personal de nomina 624.797 Capitulo 354 Tribunal Disciplinario Programa 354 Administración del Tribunal Disciplinario Servicies Personales 101.134.103 Articuló 3536. Sueldos del personal de nómina 88.718 Capítulo 355 Consejo de Estado Programa 355 Administracion del consejo de estado Servicios Personales 101.134.103 Articulo 3568. Sueldos del personal de nomina 491.206 Suman los creditos adicionales $ 53.486.600

Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público