en ejercicio de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuere designado por medio de Decreto, y Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal
Considerando · 2 motivos
Que el Decreto número 2492 de 1947 dispuso que el personal administrativo que se requiriera en las diferentes zonas de conservación y en las obras dependientes del Departamento de Ferrocarriles y Carreteras Nacionales del Ministerio de Obras Públicas fuere designado por medio de Decreto, y;
Que los cargos que se crean por el presente Decreto se habían atendido anteriormente por jornal;
Artículo 1
Artículo primero. Dependiente de la Zona de Carreteras Nacionales de Barbosa, créanse los siguientes cargos, con las asignaciones mensuales que a continuación se expresan: Un Secretario Mecanógrafo 200.00 Un Ayudante de la Caja Nacional de Previsión Social 180 Un Contador de Almacén 280 Un Ayudante del Contador de Almacén 220 Una Mecanógrafa de Almacén 150 Un Subalmacenista de Talleres 180 Un Despachador de Almacén 150 Un Subalmacenista en la vía Carare 180 Un Subalmacenista en Chiquinquirá 150 Un Ayudante del Cajero 160 Un Oficial de Kárdex 200 Un Farmacéutico en Barbosa 200 Un Farmacéutico en la vía Carare 180 Cuatro Enfermeros para las vías, cada uno 180 Un Jefe de Talleres 250 Un Inspector de Conservación para las vías Barbosa Vélez, Barbosa-Puente Nacional-Limite Boyacá, Puente Nacional-La Capilla, Puente Nacional-Jesús Maria-Florián-La Belleza 280 Un Inspector de Conservación para las vías Vélez-Puerto Olaya-Ramal Carare-Cantimplora 280 Un Inspector de Conservación para las vías Barbosa-San José de Suaita, Barbosa-Arcabuco; Arcabuco-Chiquinquirá 280 Un Inspector de Conservación para las vías Chiquinquirá-Cantíno-Muzo, Santa Helena-Maripí, Curubitos-Pauna-Río Minero-Cantino-Coper, Chiquinquirá-Palestina 280 Un Inspector de Conservación para las vías Sabová-Tununguá, Chiquinquirá-Saboyá-Limite Santander 280
Artículo 2
Artículo segundo. Las asignaciones de los cargos creados por el presente Decreto se cubrirán con las partidas destinadas, a la citada Zona de Barbosa.
Artículo 3Del Decreto Número 2492 De 1947, Que No Figuran En El Presente
Artículo tercero. Quedan suprimidos en la Zona de Carreteras Nacionales de Barbosa los cargos administrativos determinados en el artículo 3° del Decreto número 2492 de 1947, que no figuran en el presente.