El Presidente de la República de Colombia
en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Artículo 1º
º. Suprimir de la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno, los siguientes cargos: No. de cargos Dependencia y denominación Código Grado DIVISION DE ASUNTOS INDIGENAS, DIGIDEC. 2 Tecnólogo 4165 07
Artículo 2º
º . Créase en la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno, el siguiente cargo: No. de cargos Dependencia y denominación Código Grado DIVISION DE ASUNTOS INDIGENAS, DIGIDEC. 1 Profesional Universitario 3020 08
Artículo 3º
º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades conferidas por el numeral 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil