El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales
Artículo 1Conforme Al Decreto Número 355, De 11 De Febrero De 1937, Los Años Necesarios Para Optar El Título De Doctor En Derecho Y Ciencias Políticas Son Seis, Incluyendo En Ellos Los Estudios Correspondientes Al Pensum Del Primer Año Universitario, Creado Por Dicho Decreto
º Conforme al decreto número 355, de 11 de febrero de 1937, los años necesarios para optar el título de doctor en derecho y ciencias políticas son seis, incluyendo en ellos los estudios correspondientes al pensum del primer año universitario, creado por dicho decreto. Esta disposición atañe por igual a todas las facultades nacionales o privadas.
Artículo 2Autorizase A Estas Últimas Para Complementar Su Plan De Estudios Con El Pensum Del Primer Año Universitario A La Mayor Brevedad Posible Y, En Todo Caso, A Más Tardar Para El 15 De Febrero De 1938
° Autorizase a estas últimas para complementar su plan de estudios con el pensum del primer año universitario a la mayor brevedad posible y, en todo caso, a más tardar para el 15 de febrero de 1938. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el secretario encargado del despacho
Jorge Zalameaencargado