Micelio

decreto 2502 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1

Del saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 74, artículo 1054 del Presupuesto Nacional para la vigencia de 1955, "para auxilios destinados a la dotación y sostenimiento de los hospitales del país, de acuerdo con el Plan Hospitalario Nacional de que trata el Decreto legislativo número 2554 de 1950, según distribución qué hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", destinase la siguiente partida:

Capítulo 74, artículo 1054

Clave b211. Ord. 94-bis. Municipio, Boabita (Boyacá). Institución, Hospital Municipal. Apropiación,

$ 10.000.00

Artículo 1054Del Presupuesto Nacional Para La Vigencia De 1955, "para Auxilios Destinados A La Dotación Y Sostenimiento De Los Hospitales Del País, De Acuerdo Con El Plan Hospitalario Nacional De Que Trata El Decreto Legislativo Número 2554 De 1950, Según Distribución Qué Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En El Año", Destinase La Siguiente Partida: Capítulo 74, Artículo 1054 Clave B211

Artículo único . Del saldo de la partida global apropiada en el Capítulo 74, artículo 1054 del Presupuesto Nacional para la vigencia de 1955, "para auxilios destinados a la dotación y sostenimiento de los hospitales del país, de acuerdo con el Plan Hospitalario Nacional de que trata el Decreto legislativo número 2554 de 1950, según distribución qué hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año", destinase la siguiente partida: Capítulo 74, artículo 1054 Clave b211. Ord. 94-bis. Municipio, Boabita (Boyacá). Institución, Hospital Municipal. Apropiación, $ 10.000.00 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Fomento, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Justicia, encargado del Despacho de Salud Pública