en ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que por iniciativa del Consejo Superior del Instituto de Cooperación Iberoamericana se ha concebido la conmemoración delVCentenario del Descubrimiento de América, como la ordenación de un proceso orientado a la consolidación de la Cooperación Iberoamericana
Considerando · 4 motivos
Que por iniciativa del Consejo Superior del Instituto de Cooperación Iberoamericana se ha concebido la conmemoración delVCentenario del Descubrimiento de América, como la ordenación de un proceso orientado a la consolidación de la Cooperación Iberoamericana;
Que esta concepción es integralmente compartida por el Gobierno Nacional, el cual piensa, como el citado Consejo, que existe realmente una Comunidad Iberoamericana de profundas raíces culturales e históricas;
Que el Consejo Superior ya mencionado ha sugerido a losGobiernos la formación de Comisiones Nacionales de Estudio,para efectos de analizar el desarrollo de proyectos dirigidos al mantenimiento de la integridad de las lenguas española y portuguesa; a la defensa y valoración de la diversidad cultural que conforma el patrimonio del mundo hispánico al examen común de las posibilidades de mejoramiento económico y social y a la conservación de la naturaleza del nuevo mundo;
Que el Gobierno estima de la mayor conveniencia y necesidad aunar su esfuerzo en este empeño al de los demás países iberoamericanos.
Artículo 1Para Los Efectos Señalados En Los Considerandos De Este Decreto Y Con El Propósito De Que Adelante Los Contactos Que Aquellos Exijan
Articulo 1º Para los efectos señalados en los considerandos de este decreto y con el propósito de que adelante los contactos que aquellos exijan. Constituyese la Comisión Colombiana para la preparación de la celebración del V Centenario del Descubrimiento de América, que estará integrada por las siguientes personas
Doctor Carlos Lleras Restrepo.
Doctor Misael Pastrana Borrero.
Maestro Gabriel Garcia Marquez.
Maestro German Arciniegas.
Doctor Abelardo Forero Benavides.
Maestro Eduardo Carranza.
Doctor Ramón de Zubiría.
Doctora Pilar Moreno de Angel.
Doctor Mauricio Obregón.
Doctora Maria Isabel de la Vega.
Artículo 2El Funcionamiento De La Comisión Estará Coordinado Por El Ministro De Educación Nacional Y Los Gastos Que El Mismo Demande Se Atenderán Con Cargo Al Presupuesto De Dicho Ministerio
Articulo 2º El funcionamiento de la Comisión estará coordinado por el Ministro de Educación Nacional y los gastos que el mismo demande se atenderán con cargo al presupuesto de dicho Ministerio.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
Articulo 3º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.