En uso de sus facultades legales, y en especial de las normas que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica
Considerando · 1 motivo
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la Republica;
Artículo 1El Gobierno Nacional Procederá A Comprar, Por Conducto De Los Ministerios De Relaciones Exteriores Y De Obras Públicas, Un Edificio Para Sede De La Embajada De Colombia En Quito, Republica Del Ecuador
°. El Gobierno Nacional procederá a comprar, por conducto de los ministerios de Relaciones Exteriores y de Obras Públicas, un edificio para sede de la Embajada de Colombia en Quito, Republica del Ecuador.
Artículo 2El Ministerio De Hacienda Y Crédito Publico Queda Ampliamente Facultado Para Efectuar Las Operaciones Presupuestales Para La Efectividad Del Presente Decreto
° El Ministerio de Hacienda y Crédito Publico queda ampliamente facultado para efectuar las operaciones presupuestales para la efectividad del presente Decreto.
Artículo 3Quedan Suspendidas Todas Las Disposiciones Legales Que Fueren Contraídas A Este Decreto, El Cual Regirá Desde Su Excepción
°. Quedan suspendidas todas las disposiciones legales que fueren contraídas a este Decreto, el cual regirá desde su excepción. Comuníquese y publíquese.