en uso de sus facultades legales, y :
Artículo 889-Ordinal 5°
Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 60, artículo. 889 del Presupuesto Nacional vigente, "para pagar las contribuciones y aportes a construcciones de plazas de ferias en el país (Ley 74 de 1926), en el año", se hace la siguiente distribución: Capítulo 60, artículo 889-Ordinal 5°. Para pagar el aporte del Ministerio de Agricultura, en la construcción de la Plaza de Ferias de Girardot, en el año $ 10.000.00
Artículo 890Del Presupuesto Nacional Vigente, "para Auxilio De Las Ferias Exposiciones Agrícolas Y Pecuarias En El País (Ley 224 De 1938, Artículo 10), En El Año", Se Hace La Siguiente Destinación: Capítulo 60, Artículo 890-Ordinal 10
Artículo segundo . De la partida asignada en el Capítulo 60, articulo 890 del Presupuesto Nacional vigente, "para auxilio de las ferias exposiciones agrícolas y pecuarias en el país (Ley 224 de 1938, artículo 10), en el año", se hace la siguiente destinación: Capítulo 60, artículo 890-Ordinal 10. Para auxiliar a la Feria y Exposición ganadera que se celebrará en Villavicencio en los últimos días del mes de agosto del año en curso $ 7.000.00 Capítulo 60, artículo 890-Ordinal 11. Para auxiliar la Segunda Feria Exposición Agropecuaria que se celebrará en la ciudad de Popayán durante los días l°, 2 y 3 del mes de octubre del año en curso 5.000.00 Capítulo 60, artículo 890-Ordinal 12. Para auxiliar la Feria Exposición Pecuaria que se llevó a cabo en la ciudad de Vélez, Santander, durante los días 5, 6, 7 y 8 del presente mes de agosto del año en curso 1.000.00 Capítulo 60, artículo 890-Ordinal 13. Para auxiliar la Feria Exposición Pecuaria que se celebrará en la ciudad de Bucaramanga en el próximo mes de septiembre del corriente año 10.000.00 Capítulo 60, artículo 890-Ordinal 14. Para auxiliar a la Feria Exposición Agropecuaria que se celebrará en la ciudad de Cúcuta en el mes de diciembre del año en curso 5.000.00
Los Tesoreros de las Ferias Exposiciones de Girardot, de Villavicencio, de Popayán, de Vélez, de Bucaramanga y de Cúcuta, rendirán cuenta de la inversión de este auxilio, en gastos realizados en las mismas, ante la Contraloría General de la República, y enviarán copia de la cuenta al Ministerio de Agricultura. Comuníquese y publíquese.