Micelio

decreto 456 de 1931

1 artículos · lectura continua

El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere la Ley 3ª del año pasado, y CONSIDERANDO Que debido a la actual crisis fiscal se hace necesario efectuar las mayores economías que sea posible

Considerando · 2 motivos

Que debido a la actual crisis fiscal se hace necesario efectuar las mayores economías que sea posible; y;

Que con el Teniente Ayudante y un Escribiente es suficiente para desarrollar los trabajos de oficina que tienen que llevar a cabo los Comandos Divisionarios;

Artículo 1

Artículo único. Desde la fecha, elimínase un Escribiente en cada uno de los Comandos de la 1ª, 3ª, 4ª y 5ª División del Ejército, quedando así reformado el Decreto número 1901 de 1929.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra