Artículo 1Derógase El Decreto Número 946 De 1908 En Lo Que Se Relaciona Con Los Resguardos De Aduanas, Salinas Y Rentas Reorganizadas En Consecuencia Estos Cuerpos Quedan Nuevamente Bajo La Dependencia Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro
°. Derógase el Decreto número 946 de 1908 en lo que se relaciona con los Resguardos de Aduanas, Salinas y Rentas Reorganizadas en consecuencia estos cuerpos quedan nuevamente bajo la dependencia del Ministerio de Hacienda y Tesoro.
Artículo 2Aunque Los Nombramientos De Personal Para Los Resguardos Citados Siguen Siendo Potestativos Del Ministerio De Hacienda Y Tesoro Los Miembros De Ese Personal Serán Escogidos De Entre Los Del Ejercito De La Gendarmeria Y Policia Nacionales, A Cuyo Fin Obrarán De Acuerdo Los Ministros De Guerra Y De Hacienda Y Tesoro
°. Aunque los nombramientos de personal para los Resguardos citados siguen siendo potestativos del Ministerio de Hacienda y Tesoro los miembros de ese personal serán escogidos de entre los del Ejercito de la Gendarmeria y Policia Nacionales, a cuyo fin obrarán de acuerdo los Ministros de Guerra y de Hacienda y Tesoro. Comuníquese y Publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Hacienda encargado del despacho de Hacienda y Tesoro
Lino De Pomboencargado