Micelio

decreto 905 de 1946

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Artículo 1Modifícase El Decreto Número 450, De 13 De Febrero De 1946, En El Sentido De Que Las Partidas Destinadas Por Dicho Decreto Para Las Escuelas Vocaciones Agrícolas De Anolaima Y Guacavía, Se Destinan Para Sostenimiento De La Escuela Vocacional Agrícola De Sumapaz, En El Departamento Del Tolima, Y Para La Fundación Y Sostenimiento De La Escuela Vocacional Agrícola De San Martín, En La Intendencia Del Meta, Respectivamente

° Modifícase el Decreto número 450, de 13 de febrero de 1946, en el sentido de que las partidas destinadas por dicho Decreto para las Escuelas Vocaciones Agrícolas de Anolaima y Guacavía, se destinan para sostenimiento de la Escuela Vocacional Agrícola de Sumapaz, en el Departamento del Tolima, y para la fundación y sostenimiento de la Escuela Vocacional Agrícola de San Martín, en la Intendencia del Meta, respectivamente.

Artículo 2Se Considera Como Director De La Escuela Vocacional Agrícola De Sumapaz, Al Que Se Llamaba Nombrado Para La Escuela Vocacional Agrícola De Anolaima Y, Como Director De La Escuela Vocacional Agrícola De San Martin, Al Que Se Hallaba Nombrado En Guacavía

° Se considera como Director de la Escuela Vocacional Agrícola de Sumapaz, al que se llamaba nombrado para la Escuela Vocacional Agrícola de Anolaima y, como Director de la Escuela Vocacional Agrícola de San Martin, al que se hallaba nombrado en Guacavía. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Educación Nacional