Considerando · 2 motivos
Que es requisito indispensable para que la Cruz Roja Colombiana pueda ser incorporada en la Liga de las Sociedades de la Cruz Roja Internacional, su reconocimiento por parte del Gobierno como auxiliar del servicio sanitario del Ejército; y;
Que con este fin y otros de no menor importancia funciona en esta ciudad un centro científico con la denominación de Cruz Roja Colombiana;
Artículo 1
ARTÍCULO ÚNICO. Reconocese la Sociedad Nacional Cruz Roja Colombiana , como auxiliar del servicio sanitario del Ejército, con dependencia del Ministerio de Guerra en tal servicio. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Guerra