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decreto 2257 de 1990

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de las facultades que le confiere los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política

Artículo 1A Partir Del 1° De Octubre De 1990, Suprímese En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Checoslovaquia, Un (1) Cargo De Auxiliar Administrativo 1 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Trescientos Veintitrés Dólares Con 22/100 (Us$ 323

° A partir del 1° de octubre de 1990, suprímese en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Checoslovaquia, un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 1 PA, con una asignación básica mensual de trescientos veintitrés dólares con 22/100 (US$ 323.22), actualmente ocupado por la señora Olga Kalalova.

Artículo 2A Partir Del 1° De Octubre De 1990, Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De Checoslovaquia, Un (1) Cargo De Auxiliar Administrativo 7 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Novecientos Veinticinco Dólares Con 08/100 (Us$ 925

° A partir del 1° de octubre de 1990, créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de Checoslovaquia, un (1) cargo de Auxiliar Administrativo 7 PA, con una asignación básica mensual de novecientos veinticinco dólares con 08/100 (US$ 925.08) y nómbrase para desempeñarlo a la señora Olga Kalalova.

Artículo 3Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores

° Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 4Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Ministro de Relaciones Exteriores
El Ministro de Hacienda y Crédito Público