Micelio

decreto 631 de 1986

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Apruébase El Acuerdo Número 0115 Del 19 De Diciembre De 1985, Emanado De La Junta Directiva Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar, Por El Cual Se Modifica La Planta De Personal De Dicho Instituto Y Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 0115 De 1985 (Diciembre 19) Por El Cual Se Modifica La Planta De Personal Del Instituto Colombiano De Bienestar Familiar

° Apruébase el Acuerdo número 0115 del 19 de diciembre de 1985, emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por el cual se modifica la planta de personal de dicho Instituto y cuyo texto es el siguiente: ACUERDO NUMERO 0115 DE 1985 (diciembre 19) por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, ACUERDA: Artículo 1° Suprímanse los siguientes cargos en la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: N°de cargos Dependencia y denominación del cargo código Grado REGIONAL BOGOTA CENTROS ZONALES Y LOCALES DE BIENESTAR FAMILIAR. Centro Zonal de Bienestar Familiar-Centro. 2 Defensor de Menores 3015 07 3 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 03 2 Técnico en Educación 4075 07 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Secretario 5140 06 División de Protección 1 Médico medio tiempo 3085 14 3 Defensor de Menores 3015 07 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Universitario 3020 03 2 Técnico Operativo 4080 09 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 3 Secretario5140 06 1 Enfermero Auxiliar 6045 07 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02 INSTITUCIONES DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA. La Casita Encantada. 1 Director de Centro 2105 03 1 Asistente Administrativo 4140 10 Centro Juvenil Nuevo Amanecer. 1 Director de Centro 2105 03 2 Médico - Medio tiempo 3085 14 2 Odontólogo - Medio tiempo 3085 14 6 Profesional Universitario 3020 04 1 Asistente Administrativo 4140 10 4 Instructor 4085 08 14 Instructor Auxiliar 4130 04 1 Coordinador 5005 19 1 Secretario 5140 08 1 Ecónomo 5150 07 1 Secretario 5140 06 1 Chofer Mecánico 6010 08 2 Enfermero Auxiliar 6045 07 2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 4 Celador 6020 04 7 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02 Ciudadela del Niño. 1 Jefe de Grupo 2085 06 2 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Universitario 3020 06 10 Profesional Universitario 3020 04 6 Profesional Universitario 3020 03 1 Asistente Administrativo 4140 10 27 Instructor 4085 08 1 Almacenista 5080 11 3 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Secretario 5140 08 1 Ecónomo 5150 07 4 Ayudante de Oficina 5155 07 1 Secretario 5140 06 2 Chofer Mecánico 6010 08 2 Enfermero Auxiliar 6045 07 6 Celador 6020 04 10 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 Ciudadela de la Niña 1 Director de Centro 2105 03 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 03 1 Asistente Administrativo 4140 10 6 Instructor 4085 08 6 Instructor Auxiliar 4130 04 1 Secretario 5140 08 1 Ecónomo 5150 07 1 Secretario 5140 06 1 Chofer Mecánico 6010 08 1 Enfermero Auxiliar 6045 07 6 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 4 Celador 6020 04 Artículo 2° Créanse los siguientes cargos en la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar: REGIONAL BOGOTA CENTROS ZONALES Y LOCALES DE BIENESTAR FAMILIAR. Centro Zonal de Bienestar Familiar Sur. N°de cargos Dependencia y denominación del cargo código Grado 3 Instructor 4085 08 1 Auxiliar de Técnico 4110 05 Centro Zonal de Bienestar Familiar Sur-Oriental. 2 Profesional Especializado 3010 10 1 Profesional Universitario 3020 03 5 Instructor 4085 08 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Ayudante de Oficina 5155 07 2 Enfermero Auxiliar 6045 07 Centro Zonal de Bienestar Familiar Centro. 1 Médico - Medio tiempo 3085 14 1 Secretario 5140 08 Centro Zonal de Bienestar Familiar Centro-Occidente. 3 Instructor 4085 08 Centro Zonal de Bienestar Familiar Occidente. 1 Auxiliar de Técnico 4110 05 Centro Zonal de Bienestar Familiar Nor-Occidente. 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 Centro Zonal de Bienestar Familiar Norte. 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 03 7 Instructor 4085 08 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 Centro Zonal de Bienestar Familiar Protección Especial. 1 Jefe de Grupo 2085 04 5 Defensor de Menores 3015 07 1 Profesional Universitario 3020 06 8 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 03 2 Técnico Operativo 4080 09 2 Técnico en Educación 4075 07 2 Auxiliar de Técnico 4110 05 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 3 Ayudante de Oficina 5155 07 4 Secretario 5140 06 1 Chofer Mecánico 6010 08 1 Enfermero Auxiliar 6045 07 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 2 Celador 6020 04 2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 DIVISIÓN JURÍDICA. 1 Asistente Administrativo 4140 10 1 Auxiliar Administrativo 5120 09 1 Secretario 5140 06 DIVISIÓN ADMINISTRATIVA. 1 Profesional Universitario 3020 04 1 Almacenista 5080 11 2 Auxiliar Administrativo 5120 09 4 Celador 6020 04 8 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 1 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02 DIVISIÓN DE FINANZAS Y PRESUPUESTO. 1 Asistente Administrativo 4140 10 DIVISIÓN DE PROTECCIÓN. Sección de Atención Especial al Menor. 1 Jefe de Sección 2075 05 2 Médico-Medio Tiempo 3085 14 2 Odontólogo-Medio tiempo 3085 14 1 Profesional Universitario 3020 06 8 Profesional Universitario 3020 04 1 Profesional Universitario 3020 03 2 Asistente Administrativo 4140 10 18 Instructor 4085 08 10 Instructor Auxiliar 4130 04 1 Coordinador 5005 19 2 Secretario 5140 08 2 Ecónomo 5150 07 2 Secretario 5140 06 2 Chofer Mecánico 6010 08 8 Celador 6020 04 3 Enfermero Auxiliar 6045 07 8 Auxiliar de Servicios Generales 6035 05 2 Auxiliar de Servicios Generales 6035 03 7 Auxiliar de Servicios Generales 6035 02 INSTITUCIONES DE ADMINISTRACIÓN DIRECTA. La Casita Encantada. 1 Jefe de Grupo 2085 04 Artículo 3° Los empleados públicos que estén al servicio del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la Regional Bogotá, al momento de aprobarse la modificación de planta que por esta norma se fije y sean incorporados, dicha incorporación se efectuará según lo estipulado en el artículo número 81 del Decreto número 1042 de 1978. Artículo 4° El presente Acuerdo rige a partir de su aprobación mediante Decreto del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias

º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias. Publíquesey cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales Publíquesey cúmplase
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Salud
La Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil