Micelio

decreto 1059 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y en especial de las que la confiere el Decreto legislativo número 2894 de 1954, y CONSIDERANDO: Que la Empresa Colombiana de Petróleos ha solicitado licencia para importar un tanque de acero de características especiales, con destino a sus instalaciones de "El Centro", Santander, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede venderle oportunamente tal artículo

Considerando · 1 motivo

Que la Empresa Colombiana de Petróleos ha solicitado licencia para importar un tanque de acero de características especiales, con destino a sus instalaciones de "El Centro", Santander, y demostró que Acerías Paz del Río S. A., no puede venderle oportunamente tal artículo;

Artículo 1

Artículo primero. Autorízase a la Empresa Colombiana de Petróleo, para importar con destino a sus instalaciones de "El Centro" Santander, un tanque de acero soldado con capacidad para cincuenta y cinco mil (55.000) barriles de petróleo crudo y peso aproximado de trescientas noventa y ocho mil (398.000) libras.

Artículo 2

Artículo segundo . Este Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Fomento