Micelio

decreto 317 de 1986

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales

Artículo 1Extiéndese La Jurisdicción Del Consulado De Colombia En Puerto España -Trinidad Y Tobago, A Las Islas De Granada, San Vicente Y Santa Lucia

º Extiéndese la jurisdicción del Consulado de Colombia en Puerto España -Trinidad y Tobago, a las Islas de Granada, San Vicente y Santa Lucia.

Artículo 2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha, De Su Publicación

º Este Decreto rige a partir de la fecha, de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales
El Ministro de Relaciones Exteriores