Micelio

decreto 530 de 1881

1 artículos · lectura continua

Artículo 1

Artículo único. Fíjase en el tres por ciento del producto bruto de la Aduana de santamarta, la cuota destinada para sueldos eventuales de los empleados de la misma Aduana y su Resguardo.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de Hacienda