Artículo 1
Artículo primero. Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la presente vigencia fiscal, con la cantidad de ochenta y dos mil cuatrocientos cincuenta y tres pesos con cincuenta y tres centavos ($ 82.453.53) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente numeral: RENTAS CONTRACTUALES Numeral 85. Producto del Laboratorio Nacional de Higiene "Samper Martínez" $ 82.453.53 Total $ 82.453.53
Artículo 2
Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -suplemental- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso:
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
CAPITULO 70
Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez"
Artículo 992Para Adquisición De Equipos, Elementos, Materias Primas, Construcción Y Reparaciones Locativas, Gastos De Sostenimiento, Pago De Jornales Y Demás Gastos Similares Inherentes Al Funcionamiento Del Instituto Nacional De Higiene "samper Martínez", En La Presente Vigencia Y Anteriores $ 82
Artículo segundo. Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional -suplemental- al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 70 Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez" C1e (a). Al artículo 992. Para adquisición de equipos, elementos, materias primas, construcción y reparaciones locativas, gastos de sostenimiento, pago de jornales y demás gastos similares inherentes al funcionamiento del Instituto Nacional de Higiene "Samper Martínez", en la presente vigencia y anteriores $ 82.453.53 Total $ 82.453.53
Artículo 3
Artículo tercero. Quedan suspendidas todas las disposiciones que sean contrarias a las del presente Decreto, el cual rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese,