Micelio

decreto 2257 de 1955

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales, CONSIDERANDO: Que el 25 de los corrientes se cumple el primer aniversario del otorgamiento de la ciudadanía a la mujer colombiana

Considerando · 2 motivos

Que el 25 de los corrientes se cumple el primer aniversario del otorgamiento de la ciudadanía a la mujer colombiana;

Que con tal ocasión las mujeres del país van a celebrar con varios actos dicho aniversario;

Artículo 1

Artículo único. Declárase Día Cívico Femenino el 25 de agosto en curso.

Parágrafo

Las empleadas, y obreras del país, Oficiales y particulares, no están obligadas a concurrir a sus labores en dicha fecha. Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Trabajo