en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, CONSIDERANDO: Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- presentó el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública
Considerando · 3 motivos
Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- presentó el estudio técnico de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de empleos, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- para el propósito de modificar su planta de empleos cuenta con concepto favorable de la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Que en el Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil- en sesión del 22 de febrero de 2012, se aprobó por unanimidad por los Consejeros asistentes, la solicitud de la creación de 35 nuevos controladores;
Artículo 1Derogado
°. Derogado.
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Artículo 1°. Créanse los siguientes empleos en la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil -Aerocivil-, así: Nº de empleos Denominación del empleo Nivel Grado PLANTA GLOBAL 25 (veinticinco) Controlador de Tránsito Aéreo Radar 26 25 10 (diez) Controlador de Tránsito Aéreo Instrumentos 26 24
Artículo 2Derogado
°. Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 2°. El Director General, mediante resolución, distribuirá los empleos de la planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.
Artículo 3Derogado
°. Derogado.
↺ Versiones anteriores (1)
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el Decreto 261 de 2004 y las normas que le sean contrarias. Afecta la vigencia de: Modifica DECRETO 261 de 2004