El Presidente de la República
en uso de sus facultades legales
Artículo 1A Partir De La Fecha Del Presente Decreto Crease La Siguiente Plaza En El Personal De Oficinas Directas Del Ministerio De Correos Y Telégrafos: Proveeduría Y Almacén General
° A partir de la fecha del presente Decreto crease la siguiente plaza en el personal de oficinas directas del Ministerio de Correos y Telégrafos: Proveeduría y Almacén General. Jefe de Inventarios, con asignación mensual de $ 110.00
Parágrafo
El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputable al capítulo 73 artículo 1098 del Presupuesto vigente
Artículo 2Para El Desempeño Del Cargo A Que Se Refiere El Artículo 1°, Nómbrase Al Señor Gastón Galofre Comuníquese Y Publíquese
° Para el desempeño del cargo a que se refiere el artículo 1°, nómbrase al señor Gastón Galofre Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público
El Ministro de Correos y Telégrafos