en uso de las facultades que le confiere el numeral 2º del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los Decretos 2016 de 1968 y 1479 de 1990
Artículo 1Derógase En Todas Sus Partes El Decreto Número 1583 Del 20 De Junio De 1991
º Derógase en todas sus partes el Decreto número 1583 del 20 de Junio de 1991.
Artículo 2De Conformidad Con El Decreto Número 1301 Del 21 De Mayo De 1991, Trasládase Al Doctor Alvaro Lara López Al Cargo De Consejero Grado Ocupacional 4 Ex En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De La India, Encargado De Las Funciones Consulares En Nueva Delhi, En Reemplazo Del Doctor Carlos Lozano Angel, Quien Se Traslada A Otro Cargo En La Planta Interna
º De conformidad con el Decreto número 1301 del 21 de mayo de 1991, trasládase al doctor Alvaro Lara López al cargo de Consejero Grado Ocupacional 4 EX en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la India, encargado de las funciones Consulares en Nueva Delhi, en reemplazo del doctor Carlos Lozano Angel, quien se traslada a otro cargo en la planta interna. El doctor Lara López, pertenece a la Carrera Diplomática y Consular de la República en la categoría de Consejero.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 30 de julio de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa.