En uso de sus facultades legales
Artículo 1
Consérvase para la Administración Departamental de Hacienda Nacional de Medellín el personal y las asignaciones que se fijaron por el Decreto número 1041 de 21 de Septiembre de 1908.
Parágrafo
Queda en estos términos reformado el artículo 13 del Decreto número 623 de 28 de Junio próximo pasado.
Artículo 13Del Decreto Número 623 De 28 De Junio Próximo Pasado
Artículo único . Consérvase para la Administración Departamental de Hacienda Nacional de Medellín el personal y las asignaciones que se fijaron por el Decreto número 1041 de 21 de Septiembre de 1908.
Parágrafo
Queda en estos términos reformado el artículo 13 del Decreto número 623 de 28 de Junio próximo pasado. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Subsecretario de Hacienda encargado del Ministerio de Hacienda y Tesoro
Justiniano Cañonencargado