Micelio

decreto 454 de 1966

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Artículo 1

Artículo primero. El Gobierno Nacional, por conducto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, procederá a efectuar una emisión de Bonos de Desarrollo Económico de la clase "C", correspondiente al año de 1966, por un valor de setenta y cinco millones de pesos ($ 75.000.000.00).

Artículo 2

Artículo segundo. Esta emisión se hará con fecha 1º de marzo de 1966 y tendrá las siguientes denominaciones: Serie Nº de Bonos Valor nominal Valor de la serie $ $ A 1.500 100.00 150.000.00 B 1.500 500.00 750.000.00 C 1.500 1.000.00 1.500.000.00 D 1.500 5.000.00 7.500.000.00 E 1.500 10.000.00 15.000.000.00 F 2.505 20.000.00 50.100.000.00 10.005 75.000.000.00

Artículo 3

Artículo tercero. Las demás características de estos Bonos serán las mismas que para los de clase "C" se encuentran establecidas en el Decreto 2855 de 1965.

Artículo 4

Artículo cuarto. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público