El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo primero. Suprímese en el Centro de Observación de Menores Varones "El Redentor", dos (2) cargos de Visitadores Sociales Practicantes, con sueldo mensual de $ 100.00 cada uno.
Artículo 2
Artículo segundo . Créase en el Centro de Observación de Menores Varones "El Redentor", el cargo de Jefe de Talleres de Carpintería, con una asignación mensual de doscientos pesos ($ 200). Comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Justicia
El Ministro de Hacienda y Crédito Público