Micelio

decreto 1713 de 2010

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El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere los artículos 188 y 189 numeral 11 de la Constitución Política

Artículo 1Delegar A Los Viceministros Del Interior, Doctora Viviana Manrique Zuluaga Y De Defensa Para La Estrategia Y Planeación, Doctor Alejandro Arbeláez Arango, De Conformidad Con Las Competencias De Sus Ministerios Y Las Instrucciones De Sus Respectivos Ministros, La Coordinación Conjunta Con Los Delegados Del Gobierno En Cada Una De Las Entidades Territoriales, Que Se Designan En El Artículo Siguiente, De La Promoción Del Normal Desarrollo De Las Elecciones Y Las Garantías Para El Pleno Ejercicio De Los Derechos De Los Ciudadanos En El Territorio Nacional

°. Delegar a los Viceministros del Interior, doctora Viviana Manrique Zuluaga y de Defensa para la Estrategia y Planeación, doctor Alejandro Arbeláez Arango, de conformidad con las competencias de sus Ministerios y las instrucciones de sus respectivos Ministros, la coordinación conjunta con los delegados del Gobierno en cada una de las entidades territoriales, que se designan en el artículo siguiente, de la promoción del normal desarrollo de las elecciones y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional.

Artículo 2Para El Cumplimiento De Los Propósitos Señalados En El Artículo Anterior, Se Designan Los Siguientes Funcionarios En El Distrito Capital Y En Cada Uno De Los Departamentos Que Se Citan A Continuación: Amazonas Patricia Del Pilar Acosta Trujillo

°. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo anterior, se designan los siguientes funcionarios en el Distrito Capital y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación: AMAZONAS Patricia del Pilar Acosta Trujillo. Jefe de Oficina de Asuntos de Cooperación Internacional. Ministerio del Interior y de Justicia ANTIOQUIA Faihan Fares Al-Fayez Chaljub. Asesor Viceministra del Interio ARAUCA Claudia Viviana Ferro Buitrago. Asesora Viceministra del Interior ATLÁNTICO Iván Nicolás Botero-Páramo Gaviria. Asesor Viceministro de Justicia BOGOTÁ Y CUNDINAMARCA Gloria Teresa Cifuentes de Huertas. Asesora Viceministro de Justicia BOLÍVAR Jhon Jairo Camargo Motta. Asesor Ministro del Interior y de Justicia BOYACÁ Benjamín Ricardo Collantes Fernández. Asesor del Ministro del Interior y de Justicia CALDAS Life Armando Delgado Mendoza. Coordinador Grupo de Actuaciones. Administrativas – Dirección Jurídica. Ministerio del Interior y de Justicia CAQUETÁ Sandra Jeannette Faura Vargas. Asesora Ministro del Interior y de Justicia CASANARE Julieta Gómez Cortés. Asesora Ministro del Interior y de Justicia CAUCA Fernando Gómez Mejía. Director de Ordenamiento Jurídico. Ministerio del Interior y de Justicia CESAR Flor Ángela Gómez Sandoval. Asesora del Ministro del Interior y de Justicia CÓRDOBA Andrea León López. Asesora Viceministra del Interior CHOCÓ Olga Lucía Reyes. Asesora del Ministro del Interior y de Justicia GUAINÍA Eisleane Suárez Tavera. Coordinadora Ministerio del Interior y de Justicia GUAVIARE Nora Tapia Montoya. Asesora del Ministro del Interior y de Justicia HUILA Luis Fernando Agudelo Henao. Jefe de Oficina de Control Interno. Ministerio de Defensa Nacional LA GUAJIRA Ricardo Garzón Villegas. Director Finanzas Corporativas. Ministerio de Defensa Nacional MAGDALENA Óscar Iván Barbosa. Coordinación del Grupo de Gerencia, Información y Análisis. Ministerio de Defensa Nacional META Salvador Enrique Benavides. Coordinador del Grupo de Evaluación y Auditoría. Ministerio de Defensa Naciona NARIÑO Luis Darío Buitrago Suescún. Asesor del Ministro de Defensa Nacional NORTE DE SANTANDER Alex Mauricio Castro. Asesor Viceministro de Asuntos Políticos y Temática Internacional PUTUMAYO Álvaro José Chaves Guzmán. Asesor Dirección de Políticas de Defensa y Seguridad. Ministerio de Defensa Nacional QUINDÍO Daniela Fina Alario. Coordinadora Grupo de Cooperación Industrial y Social. Ministerio de Defensa Nacional RISARALDA María Angélica López Boada. Directora de Gestión de Información y Tecnología. Ministerio de Defensa Nacional SANTANDER Julián Pontón Silva. Director de Proyectos Especiales . Ministerio de Defensa Nacional SAN ANDRÉS, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA Luis Lorduy Hernández. Asesor Ministro de Defensa Naciona SUCRE Dora Cecilia Santos Vargas. Directora de Gestión Estratégica. Ministerio de Defensa Nacional TOLIMA Àlex de Jesús Salgado Lozano. Director de Asuntos Legales. Ministro de Defensa Nacional VALLE Aurora Ramírez de Araoz. Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar - Ministerio de Defensa Nacional VAUPÉS Álvaro Valencia Parra. Director de Veteranos y Bienestar Sectorial. Ministerio de Defensa Nacional VICHADA Mauricio Vargas Vergnaud. Director de Planeación y Presupuestación del sector Defensa. Ministerio de Defensa Nacional SUCRE Dora Cecilia Santos Vargas. Directora de Gestión Estratégica. Ministerio de Defensa Nacional. TOLIMA Alex de Jesús Salgado Lozano. Director de Asuntos Legales. Ministerio de Defensa Nacional. VALLE Aurora Ramírez de Araoz. Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar – Ministerio de Defensa Nacional. VAUPÉS Álvaro Valencia Parra. Director de Veteranos y Bienestar Sectorial. Ministerio de Defensa Nacional. VICHADA Mauricio Vargas Vergnaud. Director de Planeación y Presupuestación del Sector Defensa Ministerio de Defensa Nacional.

Artículo 3Los Gastos Que Ocasione El Desplazamiento De Los Anteriores Funcionarios, Serán Asumidos Por Sus Respectivas Entidades

°. Los gastos que ocasione el desplazamiento de los anteriores funcionarios, serán asumidos por sus respectivas entidades.

Artículo 4Los Gobernadores Y Alcaldes Velarán Por La Transparencia Del Proceso Electoral, Porque La Jornada De Participación Democrática Se Desarrolle En Condiciones De Normalidad, Y Procurarán Que Los Ciudadanos Ejerzan Libremente Y Sin Coacción Alguna El Derecho Al Voto

°. Los gobernadores y alcaldes velarán por la transparencia del proceso electoral, porque la jornada de participación democrática se desarrolle en condiciones de normalidad, y procurarán que los ciudadanos ejerzan libremente y sin coacción alguna el derecho al voto.

Artículo 5El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro del Interior y de Justicia
El Ministro de Defensa Nacional