En uso de sus facultades legales
Artículo 1
Artículo único . Desde el día primero del presente suprímase la plaza de ayudante de 1a Sección 7ª, Oficina 1ª de la Dirección General de Correos y Telégrafos, y créase el puesto de Oficial 1° da la Sección 1ª de Telégrafos de la misma Dirección, con igual asignación mensual á la de la plaza que se suprime. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno