DecretoVigente
Decreto 1216 de 1984
Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
2artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 1 De Abril 12 De 1984 Del Comité Nacional De Cafeteros, Cuyo Texto Dice Lo Siguiente: "acuerdo Numero 1 De 1914 (Abril 12) El Comité Nacional De Cafeteros, En Uso De Sus Atribuciones, Y Considerando : A) Que En Virtud Del Decreto 2078 De 1940 Y De Las Disposiciones Que Lo Adicionan Y Lo Reforman, El Gobierno Y La Federación Celebraron El 11 De Diciembre De 1940, Un Contrato Sobre Manejo Del Fondo Nacional Del Café E Intervención En Los Mercados Cafeteros Para El Desarrollo Del Convenio Interamericano Sobre Cuotas De Exportación, Contrato Que Ha Sido Adicionado Y Complementado Por Otros Posteriores Y De Manera Especial Por El De Diciembre 20 De 1978 Sobre Prestación De Servicios Y Administración Y Manejo Del Fondo Nacional Del Café, Celebrados Entre Las Mismas Partes Con El Objeto De Solucionar, De Acuerdo Con La Experiencia Obtenida En El Desarrollo Del Mismo, Aquellos Puntos Que No Se Habían Podido Prever Originalmente, A Fin De Darles Desarrollo Y Cumplimiento A Normas Legales Y A Disposiciones De Los Congresos Cafeteros; B) Que Con Recursos Del Fondo Nacional Del Café Y Para Éste, Se Construyó Y Opera En La Ciudad De Chinchiná Una Fábrica De Café Liofilizado; C) Que Este Comité Mediante Su Acuerdo Número 11 De Noviembre 15 De 1979, Aprobado Por Decreto Número 3029 De Diciembre 7 De 192Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición