Artículo 1Abrese Al Presupuesto De Gastos En Curso Un Crédito Ejecutivo Suplemental Por La Suma De Setecientos Pesos ($ 700), Con La Imputacion Siguiente : Servicio De 1876 A 1877
° Abrese al Presupuesto de gastos en curso un crédito ejecutivo suplemental por la suma de setecientos pesos ($ 700), con la imputacion siguiente : servicio de 1876 a 1877. Departamento de lo Interior. Capítulo 9.°- Impresiones oficiales . Artículo 1.° Para impresiones oficiales i encuadernacion, setecientos pesos $ 700 Artículo 2.° Este crédito figurará en la cuenta de la Secretaría de lo Interior i Relaciones Esteriores como lo dispone el artículo K del decreto número 463 de 22 de octubre de 1874, que adiciona i reforma las disposiciones vijentes sobre Contabilidad de la Hacienda nacional i se dará cuenta de él al Congreso en su próxima reunion ordinaria para los efectos del artículo 1334 del Código fiscal.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores