Artículo 1
Artículo primero. Créanse los siguientes cargos en Escuelas Normales Rurales dependientes de la División de Educación Campesina del Ministerio de Educación Nacional, así: Escuela Normal Rural de Varones de la Cruz (Nariño): 1 Director. 1 Pagador III. 1 Director de la Escuela Anexa. 1 Oficinista III. 5 Profesores Internos de la Escuela Normal. 1 Profesor de Educación Fundamental. 4 Profesores Internos de la Escuela Anexa. 1 Profesor de Agricultura y Zootecnia. 1 Capellán-Profesor. 1 Medico-Profesor. 1 Odontólogo-Profesor. 1 Auxiliar de Enfermería II. 1 Ecónoma I. 1 Portero. Escuela Normal Rural de Señoritas de Anserma (Caldas): 1 Rectora. 1 Directora de la Escuela Anexa. 5 Profesoras Internas de la Normal. 5 Profesoras Internas de la Escuela Anexa. 1 Pagadora III. 1 Oficinista III. 1 Profesora de Educación Fundamental y hogar. 1 Profesor de Agricultura y Zootecnia. 1 Capellán-Profesor. 1 Médico-Profesor. 1 Odontólogo-Profesor. 1 Bibliotecaria I. 1 Auxiliar de Enfermería II. 1 Ecónoma I. 1 Portera. 1 Hortelano-Mensajero.
Artículo 2
Artículo Segundo. Los decretos de distribuciones de las partidas apropiadas para tales servicios en los diferentes establecimientos, señalarán los sueldos de los cargos creados por el artículo anterior de acuerdo con los Decretos números 010 y 1325 de 1958. Comuníquese y publíquese.