en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que le confieren los artículos 189 numeral 14 de la Constitución Política y 115 de la Ley 489 de 1998, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno nacional suprimió la Gerencia del Fondo Nacional de Calamidades, hoy Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por haber cumplido con el objeto para el cual fue creada. Que el Ministerio del Interior presentó la justificación técnica de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artí
Considerando · 3 motivos
Que el Gobierno nacional suprimió la Gerencia del Fondo Nacional de Calamidades, hoy Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, por haber cumplido con el objeto para el cual fue creada.
Que el Ministerio del Interior presentó la justificación técnica de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 modificado por el artículo 228 del Decreto número 0019 de 2012 y 95 a 97 del Decreto número 1227 de 2005, para suprimir de su planta de personal el empleo de Gerente Fondo Nacional de Calamidades, Código 0200, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.
Que la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito, emitió viabilidad presupuestal para efectos de la presente modificación de planta de personal.
Artículo 1Supresión
°. Supresión. Suprímase el siguiente empleo en la planta de personal del Ministerio del Interior. N° de empleos Dependencia y Denominación del empleo Código Grado Despacho Ministro del Interior 1 (Uno) Gerente Fondo Nacional de Calamidades 0200
El empleo de Gerente Fondo Nacional de Calamidades, Código 0200 quedará efectivamente suprimido una vez que el Director de la Unidad Nacional para la Gestión de Riesgo de Desastres asuma la ordenación del gasto de la Subcuenta –Colombia Humanitaria–.
Artículo 2Vigencia
°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente el Decreto número 2896 de 2011.