Micelio

decreto 46 de 1947

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales y en desarrollo del artículo 10 del Decreto legislativo número 2974 de 1944

Artículo 1A Partir De La Fecha, Suprímanse En El Instituto Geográfico Militar Y Catastral, Los Dos Cargos De Choferes (Auxiliares Cuartos), Creados Por Medio Del Decreto Número 1128 De 1 946

º A partir de la fecha, suprímanse en el Instituto Geográfico Militar y Catastral, los dos cargos de Choferes (Auxiliares Cuartos), creados por medio del Decreto número 1128 de 1 946.

Artículo 2Créanse En El Instituto Geográfico Militar Y Catastral Los Cargos Que Se Detallan A Continuación, Con Categorías Según El Artículo 1º Del Decreto 1428 Citado: Secretaria General

º Créanse en el Instituto Geográfico Militar y Catastral los cargos que se detallan a continuación, con categorías según el artículo 1º del Decreto 1428 citado: Secretaria General. Servicios varios. Cinco Cadeneros-Choferes (Auxiliares Cuartos). Sección de Geodesia, Topografía y Nomenclatura. Grupo de Geodesia, Cuatro Cadeneros Primeros (Auxiliares Cuartos). Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público