en uso de sus facultades legales
Artículo 1
Aplázase, hasta nueva providencia, la vigencia de los artículos 2° y 3° del Decreto número 3528 de 1950, que disponen el desarrollo de cursos de preparación que preceden a los exámenes de competencia para el ascenso de los Oficiales a los grados de Teniente y Mayor.
En consecuencia, en los términos del presente Decreto quedan subrogados los efectos del artículo 4° del citado Decreto número 3528 de 1950 y del Decreto número 13 de 1951.
Artículo 4Del Citado Decreto Número 3528 De 1950 Y Del Decreto Número 13 De 1951
Artículo único. Aplázase, hasta nueva providencia, la vigencia de los artículos 2° y 3° del Decreto número 3528 de 1950, que disponen el desarrollo de cursos de preparación que preceden a los exámenes de competencia para el ascenso de los Oficiales a los grados de Teniente y Mayor.
En consecuencia, en los términos del presente Decreto quedan subrogados los efectos del artículo 4° del citado Decreto número 3528 de 1950 y del Decreto número 13 de 1951.