Micelio

decreto 310 de 1973

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Artículo 1Hacer Las Siguientes Distribuciones En El Presupuesto De Gastos De La Vigencia Fiscal De 1972: Presupuesto De Inversión

° Hacer las siguientes distribuciones en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1972: Presupuesto de Inversión. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA CAPITULO 630 Ministerio de Salud Pública. Programa 637 Construcción y terminación de acueductos y alcantarillados. Subprograma 1. Estudios, construcción y terminación de acueductos y alcantarillados en los Departamentos. Bonos de Desarrollo Económico. 593, 412. Artículo 6355. Acueductos y alcantarillados en ciudades de tamaño medio, como contraparte nacional al Programa BIRF, en Armenia, Cartagena, Manizales, Neiva, Pereira, Tuluá y Villavicencio, según distribución posterior por parte del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General Del Presupuesto $ 14.145.000 Que se distribuyen así: Proyecto 1. - Manizales $ 4.145.000 Proyecto 2. - Pereira 3.500.000 Proyecto 3. - Armenia 3.500.000 Proyecto 4. - Neiva 2.000.000 Proyecto 5. - Tuluá 1.000.000 593. 412. Artículo 6356. Acueductos y alcantarillados en ciudades de tamaño medio atendidos por INSFOPAL, contraparte nacional al Programa BIRF, según distribución posterior por parte del Departamento Nacional de Planeación y la Dirección General del Presupuesto $ 16.255.000 Que se distribuye así: Proyecto 1. - Buenaventura $ 6.900.000 Proyecto 2. - Santa Marta 7.500.000 Proyecto 3. - INSFOPAL (Inversiones del Programa BIRF) 1.855.000 Total $ 30.400.000

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

°. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Hacienda y Crédito Público