Micelio

decreto 2798 de 2001

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política

Artículo 1

º . Monto a deducir por intereses sobre préstamo de vivienda . Para efectos de la deducción por intereses sobre préstamo de vivienda a que se refiere el artículo 119 del Estatuto Tributario, el valor máximo a deducir por este concepto para el año gravable 2001, es la suma de diecinueve millones quinientos mil pesos ($19.500.000), sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos.

Artículo 2

º . Vigencia . El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política
El Ministro de Hacienda y Crédito Público