En uso de las atribuciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO Que es de vital importancia para el país una red de servicios de energía eléctrica, que permita dar explotación económica a las riquezas naturales
Considerando · 4 motivos
Que es de vital importancia para el país una red de servicios de energía eléctrica, que permita dar explotación económica a las riquezas naturales;
Que la Corporación Regional del Valle del Cauca está desarrollando un amplio plan de electrificación del Departamento del Valle;
Que la terminación de-dicho plan traerá a la economía colombiana grandes beneficios, ya que despertará esa rica zona del país, y;
Que el Departamento del Valle del Cauca contribuirá con un aporte igual al el Gobierno Central, a fin de dar cumplimiento al plan de electrificación.
Artículo 1
Artículo primero. Autorízase un aporte de $ 1.100.000.00 en la vigencia correspondiente a 1959, a la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca con destino al proyecto de desarrollo eléctrico en el Departamento del Valle, suma que se entregará al instituto de Fomento Eléctrico y Aprovechamiento de Aguas, para cumplir tal fin.
Artículo 2
Artículo segundo. Para poder hacer efectivo este aporte, el Departamento del Valle del Cauca deberá apropiar y entregar de su propio presupuesto, una suma igual a la señalada en el artículo anterior con igual destino.
Artículo 3
Artículo tercero. El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición, y suspende todas las disposiciones que le sean contrarias. Comuníquese y cúmplase.