Micelio

decreto 1894 de 1925

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Artículo 1

Trasládase dentro del capítulo 71 y de los artículos 7 56, 758 y 760, al artículo 761, la suma de trece mil pesos ($ 13,000) para muebles, útiles de escritorio, formularios y modelos de todas clases con destino a la contabilidad y a la formación y revisión de cuentas de las oficinas nacionales de manejo, formularios, boletines e instrucciones para las oficinas de estadística y demás gastos del Departamento de Contraloría, la cual se tomará así:

Artículo 761, La Suma De Trece Mil Pesos ($ 13,000) Para Muebles, Útiles De Escritorio, Formularios Y Modelos De Todas Clases Con Destino A La Contabilidad Y A La Formación Y Revisión De Cuentas De Las Oficinas Nacionales De Manejo, Formularios, Boletines E Instrucciones Para Las Oficinas De Estadística Y Demás Gastos Del Departamento De Contraloría, La Cual Se Tomará Así: Del Artículo 756 $ 3,000 Del Artículo 758 5,000 Del Artículo 760 5,000 Total $ 13,000 Comuníquese Y Publíquese

Artículo único. Trasládase dentro del capítulo 71 y de los artículos 7 56, 758 y 760, al artículo 761, la suma de trece mil pesos ($ 13,000) para muebles, útiles de escritorio, formularios y modelos de todas clases con destino a la contabilidad y a la formación y revisión de cuentas de las oficinas nacionales de manejo, formularios, boletines e instrucciones para las oficinas de estadística y demás gastos del Departamento de Contraloría, la cual se tomará así: Del artículo 756 $ 3,000 Del artículo 758 5,000 Del artículo 760 5,000 Total $ 13,000 Comuníquese y publíquese.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
el Secretario encargado del Despacho