El Presidente de la República de Colombia
En uso de sus facultades legales
Artículo 1Créase En El Departamento De Jericó El Circuito De Notaría Y Registro De Amagá Formado Del Municipio De Esta Mismo Nombre Y El De Angelópolis
° Créase en el Departamento de Jericó el Circuito de Notaría y Registro de Amagá formado del Municipio de esta mismo nombre y el de Angelópolis.
Artículo 2El Presente Decreto Regirá Desde Su Publicación En El Diario Oficial
° El presente Decreto regirá desde su publicación en el Diario Oficial. Comuníquese y publíquese,