Artículo 1
Artículo único. A partir de la fecha en que se comunique el presente Decreto, quedan suspendidos transitoriamente los puestos de Inspector Administrador y Tesorero Contador de la vía nacional del Sarare, que fueron creados por el Decreto número 1954, de 20 de diciembre de 1924.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Secretario del Ministerio de Obras Públicas, encargado del Despacho
Víctor Cockencargado