Micelio

decreto 512 de 1909

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Artículo 1

Artículo único. Créanse en la Administración de las Rentas de Villavicencio tres puestos de Guardas encargados de vigilar los contrabandos en aquella región, con usa asignación mensual de veinte pesos ($ 20) oro cada uno. Comuníquese y publíquese,

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Instrucción Pública encargado del Despacho de Hacienda y Tesoro