DecretoVigente
Decreto 1537 de 1973
Por el cual se aprueba la Resolución número 2008 de fecha 3 de julio de 1973, dictada por el Superintendente de Notariado y Registro
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
62Del Decreto-Ley 1250 De 1970, Resuelve:1Suprímese La Planta De Personal De La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Circulo De Tunja, Establecida Mediante Resolución Número 418 De Fecha Junio 1° De 1971 Y Aprobada Por Decreto Número 1536 De Fecha Agosto 10 Del Mismo Año2Establécese La Siguiente Planta De Personal Para La Oficina De Registro De Instrumentos Públicos Del Círculo De Tunja: No3El Registrador Procederá, De Acuerdo A Las Disposiciones Legales Vigentes, A Designar El Personal Que Deba Ocupar Los Empleos Que Se Establecen En La Presente Resolución4El Reconocimiento De La Prima De Antigüedad Se Hará Conforme A Las Previsiones De Los Decretos 2285 Y3191 Ele 19685Los Actuales Empleados Que Fueren Designados En Cargos Con Sueldos Inferiores A Los Que Están Devengando En El Momento De Incorporarse A La Planta Establecida En La Presente Resolución Continuarán Percibiendo El Sueldo Anterior Hasta Cuando Se Retiren O Pasen A Otro Cargo, Pero Las Primas De Antigüedad Se Computarán Sobre Los Sueldos Básicos6La Presente Resolución Rige A Partir De La Fecha De Su Aprobación Por Parte Del Gobierno Nacional Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias8Artículo 8