Micelio

decreto 2798 de 1944

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el Ministerio de Correos y Telégrafos, por contrato celebrado con el Municipio de Betulia, aprobado por Acuerdo número 33 del 25 de septiembre de 1943, concedió permiso al citado Municipio para instalar y dar al servicio público una Oficina Postal y Telegráfica en el Corregimiento de Altamira, en el Departamento de Antioquia

Considerando · 2 motivos

Que el Ministerio de Correos y Telégrafos, por contrato celebrado con el Municipio de Betulia, aprobado por Acuerdo número 33 del 25 de septiembre de 1943, concedió permiso al citado Municipio para instalar y dar al servicio público una Oficina Postal y Telegráfica en el Corregimiento de Altamira, en el Departamento de Antioquia ;

Que el contrato está debidamente legalizado;

Artículo 1Créase La Oficina Postal Y Telegráfica De Altamira (Antioquia)

° Créase la Oficina Postal y Telegráfica de Altamira (Antioquia).

Artículo 2El Pago De Empleados Y Demás Gastos De Sostenimiento Correrán Por Cuenta Del Municipio Contratante, El Cual Cumplirá En Todas Sus Partes Las Cláusulas Del Respectivo Contrato

° El pago de empleados y demás gastos de sostenimiento correrán por cuenta del Municipio contratante, el cual cumplirá en todas sus partes las cláusulas del respectivo contrato. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Despacho de Correos v Telégrafos