Micelio

decreto 2255 de 1956

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El Presidente de la República de Colombia

en uso de sus atribuciones legales

Artículo 0437Del Presupuesto De La Vigencia En Curso, Se Autoriza Pagar A La Embajada De Colombia En Caracas, La Suma De Cuatro Mil Dólares (Us$ 4

Artículo único .Con cargo al Capítulo 043, articulo 0437 del Presupuesto de la vigencia en curso, se autoriza pagar a la Embajada de Colombia en Caracas, la suma de cuatro mil dólares (US$ 4.000.00), valor del costó de la recepción ofrecida en dicha Embajada por la Delegación colombiana, presidida por el Ministro de Gobierno, que visitó a Venezuela con motivo de la Semana de la Patria con ocasión de la imposición de las condecoraciones colombianas a prestantes figuras venezolanas Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Gobierno
El Ministro de Hacienda y. Crédito Público