Artículo 1
Artículo único. El Administrador-Elaborador oficial de las salinas de Cumaral i Upin asegurará su manejo con una fianza de mil pesos ($ 1,000), que consignará en la Direccion del Crédito nacional en vales de Renta sobre el Tesoro.
Firmas
El Secretario de Hacienda i Fomento