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decreto 2495 de 1991

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El Presidente de la República de Colombia

en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Decretos 2896 de 1954 y 1190 de 1984, y CONSIDERANDO: Que el Gobierno Nacional concede la "Orden del Mérito Industrial", con el fin de estimular y recompensar actos notables en el incremento de la industria nacional y servicios eminentes en su desarrollo. Que la empresa "Industrias Ronda Ltda.", con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, cumple en el mes de julio 20 años de vida activa y continua en la industria y el mercado nacional

Considerando · 5 motivos

Que el Gobierno Nacional concede la "Orden del Mérito Industrial", con el fin de estimular y recompensar actos notables en el incremento de la industria nacional y servicios eminentes en su desarrollo.

Que la empresa "Industrias Ronda Ltda.", con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, cumple en el mes de julio 20 años de vida activa y continua en la industria y el mercado nacional;

Que en desarrollo de su actividad Industrias Ronda Ltda., está dedicada a la fabricación y comercialización de juegos de carácter didáctico y recreativo;

Que Industrias Ronda Ltda., en su ramo se ha distinguido como líder en el mercado nacional con productos de creación propia y la representación de reconocidas firmas de Estados Unidos y Alemania;

Que Industrias Ronda Ltda., ha venido desarrollando su actividad comercial, a nivel internacional, en los mercados de América Latina y la Zona del Caribe; Por tales razones, el Gobierno Nacional;

Artículo 1Concédese La "orden Del Mérito Industrial" En La Categoría De "gran Oficial" A La Empresa Industrias Ronda Ltda

° Concédese la "Orden del Mérito Industrial" en la categoría de "Gran Oficial" a la Empresa Industrias Ronda Ltda., en cabeza de su Gerente General, señor Peter Heinsohn.

Artículo 2El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación

° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los Decretos 2896 de 1954 y 1190 de 1984, y
El Ministro de Desarrollo Económico