en uso de las facultades que le confieren los numerales 2º y 14 del artículo 189 de la Constitución Política
Artículo 1º Suprímese En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas, Onu, Con Sede En Ginebra, Suiza, Un (1) Cargo De Mecanotaquígrafa Bilingüe 11 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Novecientos Setenta Y Dos Dólares Con Ochenta Centavos (Us$ 1
º Suprímese en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas, ONU, con sede en Ginebra, Suiza, un (1) cargo de Mecanotaquígrafa Bilingüe 11 PA, con una asignación básica mensual de un mil novecientos setenta y dos dólares con ochenta centavos (US$ 1.972.80), actualmente vacante.
Artículo 2º Créase En La Misión Permanente De Colombia Ante La Organización De Las Naciones Unidas, Onu, Con Sede En Ginebra, Suiza, Un (1) Cargo De Secretario Bilingue 10 Pa, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Ochocientos Dieciséis Dólares Con Setenta Y Cinco Centavos (Us$ 1
º Créase en la Misión Permanente de Colombia ante la Organización de las Naciones Unidas, ONU, con sede en Ginebra, Suiza, un (1) cargo de Secretario Bilingue 10 PA, con una asignación básica mensual de un mil ochocientos dieciséis dólares con setenta y cinco centavos (US$ 1.816.75) y nómbrase para desempeñarlo a Margarita María Echeverri Posada.
Artículo 3º Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 4 de septiembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Relaciones Exteriores, Luis Fernando Jaramillo Correa. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez.