El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
Artículo 1Créase En La Embajada De Colombia Ante El Gobierno De La República De Chile, Un (1) Cargo De Segundo Secretario, Grado Ocupacional 2 Ex, Con Una Asignación Básica Mensual De Un Mil Novecientos Setenta Y Dos Dólares Con 80/100 (Us$ 1
º Créase en la Embajada de Colombia ante el Gobierno de la República de Chile, un (1) cargo de Segundo Secretario, grado Ocupacional 2 EX, con una asignación básica mensual de un mil novecientos setenta y dos dólares con 80/100 (US$ 1.972.80) y nómbrase para desempeñarlo a la señora María del Carmen Palacio.
Artículo 2Las Erogaciones Que Ocasione El Cumplimiento Del Presente Decreto, Se Pagarán Con Cargo Al Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores
º Las erogaciones que ocasione el cumplimiento del presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 3Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
º Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los numerales 20 y 21 del artículo 120 de la Constitución Política
El Viceministro de Relaciones Exteriores, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores
Rodrigo Pardo Garcia-Peñaencargado
El Ministro de Hacienda y Crédito Público