Micelio

decreto 754 de 1985

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Artículo 1º En Los Términos Del Artículo 6º Del Decreto Extraordinario 146 De 1976, Fusiónanse Los Cargos De Secretario De Presidencia Grado 1005-04 (Secretario Del Consejo De Ministros) Y De Subsecretario General, Grado 1005-04 Del Departamento Administrativo De La Presidencia De La República

º En los términos del artículo 6º del Decreto Extraordinario 146 de 1976, fusiónanse los cargos de Secretario de Presidencia Grado 1005-04 (Secretario del Consejo de Ministros) y de Subsecretario General, Grado 1005-04 del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Artículo 2º Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

º Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.

Firmas

REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le otorga el numeral 21 del artículo 120de la Constitución Política
La Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República