El Presidente de la República de Colombia
en uso de las facultades que le otorga la Ley 6ª de 1943
Artículo 1
Artículo único. Apruébanse los Estatutos de la Empresa Nacional de Radiocomunicaciones, expedidos por la junta Directiva de la misma en sesión celebrada el 7 de noviembre del año en curso. Comuníquese y publíquese.
Firmas
REPÚBLICA DE COLOMBIA — GOBIERNO NACIONAL
Presidente de la República
El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Correos y Telégrafos
Néstor Pinedaencargado