en uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el numeral 1º del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos
Considerando · 4 motivos
Que el numeral 1º del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos, inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y él normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social, abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974, del Ministerio de Justicia, por $ 31.598.190.00;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el certificado de disponibilidad correspondiente para amparar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y;
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios;
Artículo 1Adiciónanse Los Cómputos Del Presupuesto De Rentas E Ingresos Del Tesoro De La Nación Para La Vigencia Fiscal De 1974, Con La Cantidad De Treinta Y Un Millones Quinientos Noventa Y Ocho Mil Ciento Noventa Pesos ($ 31
º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de treinta y un millones quinientos noventa y ocho mil ciento noventa pesos ($ 31.598.190) moneda legal, que, con base en el certificado de disponibilidad correspondiente, expedido por el Contralor General de la República, .se incorporarán con imputación al siguiente numeral: PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Capítulo XII Recursos del balance del Tesoro Numeral 110. Superávit fiscal de 1973 $ 31.598.190 Suma el recurso 31.598.190
Artículo 2Con Base En Recurso De Que Trato E L Articulo Anterior, Ábrense Los Siguientes Créditos Adicionales Al Presupuesto De Gastos Para La Vigencia Fiscal De 1974: Presupuesto De Funcionamiento Ministerio De Justicia Capítulo 120 Despacho Del Ministro Programa 120 Dirección Y Administración Servicios Personales 101
º Con base en recurso de que trato e l articulo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974: PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO Ministerio de Justicia Capítulo 120 Despacho del Ministro Programa 120 Dirección y Administración Servicios Personales 101.111.103 Artículo 1251. Sueldos del personal de nómina $ 1.620.000 Capítulo 121 División de Medicina Legal e Investigaciones Forenses Programa 121 Medicina Legal e Investigaciones Forenses Servicios Personales 101.111.103 Artículo 1268. Sueldos del personal de nómina 1.352.280 Capítulo 122 División General de Prisiones Programa 122 Funcionamiento de Establecimientos Penales Servicios Personales 101.135.103 Artículo 1277. Sueldos del personal de nómina 26.698.710 Capítulo 123 Comisarías de Policía Judicial Programa 123 Comisarías de Policía Judicial Servicios Personales 101.134.103 Artículo 1295. Sueldos del personal de nómina 1.927.200 Suman los créditos adicionales $ 31.598.190
Artículo 3El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuniquese y cúmplase.